Ahora que llega el buen tiempo, muchos propietarios e inquilinos pueden comenzar a plantearse si instalar aire acondicionado en su vivienda. El problema puede surgir cuando se vive en piso que forma parte de una comunidad de propietarios. ¿Qué se debe tener en cuenta antes de poner aire acondicionado en estos casos?
¿Dónde instalar el sistema de aire acondicionado?
Aunque muchas personas deciden instalar aire acondicionado por su cuenta en su casa, lo ideal es que si se forma parte de una comunidad de propietarios se tengan en cuenta ciertas cosas.
Aire acondicionado en la fachada
Los aparatos de aire acondicionado están formados por dos partes: La consola interior, que se coloca dentro de la vivienda, donde se quiere disfrutar del aire; y el compresor, que se instala en el exterior de la vivienda. Y en estos casos, lo que nos preocupa es precisamente el lugar en el que colocar este compresor.
No sólo hay que pensar en la imagen de la fachada de un edificio, ya sea interior o exterior. También hay que tener en cuenta que cualquier daño que se produzca como consecuencia del aparato, sean bienes o personales, serán responsabilidad nuestra.
¿Qué dice el Tribunal Supremo sobre instalar aire acondicionado en comunidades de propietarios?
El Tribunal Supremo admite la instalación de aire acondicionado en una fachada o cualquier otro elemento común, siempre y cuando ésta no se altere sustancialmente. Así como tampoco deberá suponer ningún perjuicio sobre el resto de propietarios, en cuestiones como los ruidos y los gases.
La sentencia 1182/2008 del Tribunal Supremo indicó que «La instalación de aparatos de aire acondicionado en viviendas o locales sujetos al régimen de Propiedad Horizontal, incluso afectando a elementos comunes, ha sido enjuiciada con cierto margen de flexibilidad para permitir la puesta al día de viviendas que en su momento no pudieron adaptarse a mejoras tecnológicas más beneficiosas para sus ocupantes. Ello ha dado lugar a una valoración de cada caso y a un indudable casuismo jurisprudencial (…), para dar cobertura a una actuación generalizada de los propietarios a partir de una interpretación amplia de la ley (…) su instalación comporta una simple manifestación de la posesión de la vivienda o local de negocio y un uso inocuo de elemento común autorizado por el artículo 394 del Código civil».
Aunque no hay que olvidar que la instalación del compresor en la fachada de un edificio no está justificada en cualquier caso. La sentencia número 453/2016, no admitió la instalación exterior del compresor. En este caso fue porque los pisos tenían preinstalación de aire acondicionado. Se modificaba una fachada que ornamental y estéticamente era casi principal, abierta sobre un patio en el que se desarrollaba vida comunitaria.
¿Qué hacer antes de instalar aire acondicionado en una comunidad de propietarios?
Para instalar aire acondicionado ateniéndose a la ley, un propietario comunero deberá saber antes si existe algún estatuto de la comunidad que trate dicho tema, y atenerse a lo que éste disponga. Para saber este dato, los propietarios pueden pedir asesoramiento al administrador de fincas de la comunidad.
En algunos casos, las comunidades pueden acordar no instalar aparatos de aire acondicionado en las fachadas. O únicamente permitir su instalación en la azotea, donde no conllevan ningún peligro ni molestia.
Comunicar la instalación de aire acondicionado a la comunidad de propietarios
Si no hay ninguna norma establecida en los estatutos de una comunidad de propietarios, la persona que quiera instalar aire acondicionado en su vivienda, deberá pedir autorización. En ésta, se tendrá que añadir la proposición de colocar el compresor en un sitio determinado.
Teniendo el cuenta le Ley de Propiedad Horizontal, el presidente incluirá esta solicitud en el orden del día de la próxima junta.
En esta junta, la propuesta deberá ser aprobada por unanimidad. En el caso no de autorizarse la instalación, el propietario podría impugnar el acuerdo. Cuando se dan estos casos, el Tribunal Supremo podría considerar que existe un abuso del derecho, si la comunidad se niega a la realización de obras en elementos comunes de forma injustificada. Con el consiguiente perjuicio para el comunero que las solicita y sin beneficio para los otros propietarios.
¿Qué pasa si se instala aire acondicionado sin permiso de la comunidad?
Se dan muchos casos en los que los propietarios deciden instalar aire acondicionado sin hacer ningún comunicado previo y no ocurre nada.
Aunque también puede darse el caso de que la comunidad proteste y se movilice contra la instalación. Si la instalación no altera elementos comunes, esta protesta no tendrá éxito. De igual modo ocurre si el aparato se instalo hace varios años. En estos casos los propietarios pueden alegar consentimiento tácito de la comunidad.
Si tras la instalación, la junta acuerda un modo de instalación, el propietario tendrá que impugnarla, sino se da por hecho que acepta el acuerdo.