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¿Quién decide en una comunidad de propietarios?

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Tener en propiedad una vivienda que pertenece a un bloque, o a una urbanización, requiere formar parte de la comunidad de propietarios. Ya que de esta forma resulta mucho más sencillo mantener nuestra vivienda, y las zonas comunes, en el mejor estado posible. Así como velar por la seguridad de todos los integrantes de la comunidad. Pero, ¿quién decide en una comunidad de propietarios?, ¿quién toma las decisiones?

Puestos o cargos en una comunidad de propietarios

Antes de pasar a hablar sobre quién decide en una comunidad de propietarios, o cuántos votos se necesitan en la Junta General, es importante saber diferenciar entre los diferentes puestos que pueden tenerse dentro de la comunidad.

¿Qué funciones tiene el presidente de una comunidad de propietarios?

Toda comunidad de propietarios tiene que contar con un presidente. La elección de éste puede hacerse por votación en la junta, en el caso de que existan voluntarios para ocupar dicho puesto. O bien elegit el presidente por sorteo o siguiendo el turno. En estos últimos casos, el presidente no puede renunciar a su cargo en una comunidad de propietarios (a no ser que se dé alguna circunstancia excepcional).

Por norma general, el cargo de presidente dura un año. No obstante, esto puede depender según la normativa interna. De la misma manera, sus funciones variarán según la normativa.

Sus principales responsabilidades son: Supervisar cualquier decisión que se tome en la junta, mediar entre los vecinos en caso de disputa y representar legalmente a la comunidad en caso de jucio.

Por otra parte, el presidente de una comunidad en algunos casos también puede asumir los cargos del secretario y del administrador. No obstante, excepto en caso de urgencia, el presidente no podrá tomar ninguna decisión sin consultarlo antes en la junta.

¿De qué se encarga el secretario de una comunidad de propietarios?

La figura del secretario es la encargada de toda la documentación que se genera, o que necesita tener al día, una comunida de propietarios: Gestión de contratos, firmas de actas, notificaciones…

El cargo de secretario puede ocuparlo el mismo presidente, el administrador de fincas, o cualquier miembro de la comunidad.

Cuáles son las funciones de un Adminsitrador de Fincas en una comunidad de propietarios?

El administrador de fincas es el profesional que se encarga de las funciones más importantes en una comunidad de propietarios. Entre sus tareas se encuentra la función de controlar y llevar al día la contabilidad, ocuparse de la finca, supervisar obras, buscar los mejores presupuestos y profesionales, custodiar la documentación, amonestar a los propietarios que no cumplen las normas… En definitiva un trabajo que requiere de un tiempo considerable, por lo que la mejor opción suele ser contratar a un administrador de fincas externo a la comunidad.

¿Quién toma las decisiones en una Junta de Propietarios?

Todos los propietarios de un inmueble, o grupo de ellos, forman la junta de propietarios. Y todos ellos, unidos, son quienes tienen la capacidad de la toma de decisiones a través de las votaciones.

¿Qué decisiones se toman en una junta de propietarios?

En una junta de propietarios se resuelven y se toman todas las decisiones relacionadas con la comunidad. Por ejemplo, se aprueban los presupuestos de la comunidad, las obras, los nombramientos importantes, las funciones…

Cualquier asunto que se trate en una junta de propietarios tendrá que aparecer en el libro de actas, firmada por el presidente, el secretario o el administrador.

El número de votos que se necesitan para tomar decisiones y aprobar propuestas, dependerá del asunto que se trate. Si se necesitan modificar los estatutos que rigen la convivencia, se deberá contar con la unanimidad de la junta, teniendo en cuenta las siguientes excepciones:

-Si se quiere realizar un cambio para alquilar elementos comunes o añadir o suprimir algún servicio, serán necesarias tres quintas partes de los votos.

-En el caso de querer añadir alguna infraestructura, energías alternativas o servicios de telecomunicación, será necesario el acuerde de un tercio de los propietarios, si estos suman al menos un tercio de las cuotas.

-Si lo que se quiere conseguir es eliminar las barreras para minusválidos, bastará con la mayoría de los votos, siempre y cuando éstos sumen la mayoría de cuotas comunitarias.

-Para otras decisiones bastará con contar con la mayoría simple, aunque esta deberá cubrir al menos la mayoría de las cuotas.

¿Cada cuánto tiempo se celebra la junta de propietarios?

La junta de propietarios tendrá que convocarse al menos una vez al año. No obstante, pueden acordarse tantas reuniones de propietarios como se estimen necesarias.

Cada una de estas reuniones puede proponerlas el presidente, o una cuarta parte del total de propietarios.

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